Guardeo imprima un archivo electr贸nico de cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentaci贸n. Tendr谩n la condici贸n de parejas de hecho las uniones de dos personas mayores de edad, capaces, que convivan con la intenci贸n o vocaci贸n de permanencia en una relaci贸n de afectividad an谩loga a la conyugal y que la inscriban en
Unapareja de hecho en Galicia se define como una relaci贸n de afecto y de convivencia entre dos personas de diferente sexo de edad mayor de 18 a帽os, que viva en Galicia, que no est茅n casadas ni vinculadas por una relaci贸n de parentesco, afinidad o adopci贸n. Esta relaci贸n se caracteriza por una comunidad de vida estable, afectiva y duradera.
Art铆culo2. Equiparaci贸n de uniones de hecho. En todo el relativo a permisos y licencias reguladas en esta orden, se equipara la uni贸n de hecho al matrimonio y el conviviente al c贸nyuge, si se ha producido la inscripci贸n en un registro oficial de parejas de hecho. Cap铆tulo II Permisos retribuidos del personal funcionario docente. Art铆culo 3.
Lasparejas de hecho en Galicia optan por este r茅gimen para disfrutar de beneficios legales, como la protecci贸n de derechos hereditarios y la posibilidad de compartir patrimonio sin complicaciones, as铆 como de beneficios econ贸micos, como reducci贸n en impuestos y seguridad en caso de separaci贸n o fallecimiento.
Cadavez son m谩s las parejas que, cuando llega el momento de formalizar su relaci贸n, descartan la opci贸n del matrimonio y optan por anotarse en los registros de uniones de hecho.
LaXunta prepara un lavado de cara para la normativa que rige el funcionamiento de las parejas de hecho en Galicia. Una figura, 茅sta, que con los a帽os ha ido avanzando hacia la equiparaci贸n
Parejade hecho con hijos comunes residentes en la Comunidad de Galicia Don A.S.T. y do帽a M.V.V., conviven sin existencia de v铆nculo matrimonial y tienen en com煤n tres hijos que conviven con ellos y cuyas edades son 18, 12 y 6 a帽os, respectivamente.
Noexiste en este punto equiparaci贸n de las parejas de hecho al matrimonio, as铆, se帽ala el TS en su sentencia n.潞 416/2011, de 16 de junio, ECLI:ES:TS:2011:3634: 芦En esta Sala ha negado desde hace tiempo que entre el matrimonio y la pareja de hecho exista una relaci贸n de analog铆a. La STS 611/2005, de 12 septiembre , del pleno de esta
lasregulaciones de los Registros de parejas de hecho las primeras en determinar un concepto expl铆cito de pareja objeto de reconocimiento jur铆dico. La manera en la que lo hacen es estableciendo unos requisitos para poder acceder a inscribirse en los mismos. Por lo tanto, al inicio no exist铆a un concepto homog茅neo de pareja de hecho ya que
Elprimer beb茅 nacido en la comarca de Valdeorras en 2024 se hizo esperar 17 d铆as. Etnar, hijo de una pareja de la localidad de O Barco, lleg贸 este mi茅rcoles. La
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